La rebelión no es un crimen de guerra

Bogotá, febrero 15 de 2021 (Prensa s. Victoria Sandino e Israel Zúñiga).- La construcción de una paz estable y duradera contemplada en el Acuerdo de La Habana solo puede partir de la comprensión de la realidad del conflicto social armado que ha sufrido nuestro país desde hace más de siete décadas. Las causalidades sociales de la confrontación y el carácter político de las fuerzas en contienda fueron hechos reconocidos por las partes firmantes, sirviendo de marco para la construcción de la agenda de conversaciones y de los contenidos mismos de lo firmado. El Informe de la Comisión Histórica del Conflicto y sus Víctimas, es un aporte invaluable en este sentido, que no puede seguir siendo desconocido.
El levantamiento en armas de las diferentes guerrillas - así como nuestra vinculación a las filas de las antiguas FARC-EP- corresponde a una decisión política contemplada dentro del derecho a la rebelión consagrado en el Preámbulo Declaración Universal de los DDHH de la ONU (1948) y enmarcada en la categoría del delito político. Por lo tanto, nuestro actuar fue dirigido siempre a construir soluciones sociales que permitieran ejercer nuestro derecho revolucionario al servicio de la comunidades. No pretendemos desconocer hechos que en el marco del conflicto generaron repudio por parte de la población, pero si que se reconozca la naturaleza propia de la insurgencia de la armada de las FARC-EP, del conflicto colombiano y el espíritu del Acuerdo de Paz.

La guerra nunca fue nuestra primera opción. Nos vimos obligados a ser parte de ella por la ausencia de reformas sociales y garantías democráticas que, en parte, quedaron mandatadas en el Acuerdo de Paz del que somos signatarios, pero que siguen sin materializarse en medio del desinterés cómplice del actual gobierno. Lamentamos el dolor sufrido por todo el pueblo colombiano durante esta larga confrontación.

Estamos plenamente comprometidos con el reconocimiento y reparación integral de las víctimas y todas las personas afectadas en el contexto del conflicto armado.

La paz no puede tener cabida para los negacionismos. El compromiso con la verdad pactado en La Habana, piedra angular del Sistema Integral de Justicia, Reparación y No Repetición –SIVJRNR, no admite negar hechos ciertos de la guerra, pero mucho menos negar la existencia del conflicto, su carácter o el de las organizaciones rebeldes. Los avances que el país espera de la Jurisdicción Especial de Paz sobre todos los hechos victimizantes de todos los actores del conflicto armado colombiano deberian enmarcarse en una
justicia reparadora, restaurativa y prospectiva, que nace del reconocimiento mismo del carácter político de la confrontación armada librada por décadas en nuestra patria.
Defendemos la JEP pese a sus sucesivas alteraciones por parte del Estado colombiano, como también lo hemos hecho con el conjunto de lo acordado, por nuestro compromiso con la verdad y la justicia reparadora, la cual anhelamos ver establecida en todo los aspectos. Ninguna institución del Acuerdo Final puede quedarse anclada a los criterios de la guerra ni debe permitir que las presiones políticas les lleven hacer concesiones a los enemigos de la paz.

Las FARC-EP fue una organización rebelde, lo que la llevó a ser contraparte de un Acuerdo Especial con el Estado colombiano y otros sujetos de derecho internacional. No fue un aparato criminal; una organización de este tipo no podría haber alcanzado jamás este reconocimiento formal. Por tanto, las calificaciones y categorías jurídicas empleadas frente a los hechos del conflicto atribuidos deben corresponder con esta realidad, reconociendo el delito político y su más amplia conexidad, como está dispuesto en el Acuerdo Final y en el Acto Legislativo 01 de 2017. De igual forma, el marco de referencia del DIH, DIDH y el derecho penal internacional que el Acuerdo de Paz le mandató a la JEP, incluye la aplicación obligatoria del principio de favorabilidad.

El Acuerdo de Paz de Colombia y su modelo de justicia especial son un referente tanto a nivel internacional como para la conquista de la paz completa en nuestro país. Un retroceso en el reconocimiento del carácter del conflicto armado, del derecho a la rebelión, el delito político o la aplicación de los estándares jurídicos internacionales, sería un mal antecedente en las necesarias garantías de no repetición y la búsqueda de salidas incruentas a otras confrontaciones armadas en el país y el mundo. Para hacer la transición a una Colombia en paz y reconciliada, necesitamos hacer efectivo un nuevo paradigma de justicia.

Llamamos a la II Misión de la ONU, verificadora de la seguridad -incluida la seguridad jurídica- de las y los firmantes de la paz, a los países garantes Cuba y Noruega, a los notables internacionales del Acuerdo Final, José Mújica y Felipe González, a que aunemos esfuerzos para que los desarrollos del SIVJRNR correspondan al espíritu de lo firmado y contribuyan efectivamente al resarcimiento de los daños causados por la guerra a nuestro pueblo.


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