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Los ocho vac铆os del proyecto de ley de v铆ctimas, seg煤n el senador Avellaneda
El legislador dice que como se encuentra el texto del articulado las v铆ctimas que han producido y generar谩n las llamadas "Bacrim" (bandas criminales), no ser谩n reconocidas como tal.
Bogot谩 D.C., 3 de marzo de 2011 (Prensa senador Luis Carlos Avellaneda).- El senador Luis Carlos Avellaneda (Polo Democr谩tico Alternativo), ponente del proyecto de Ley de V铆ctimas y Restituci贸n de Tierras, aunque suscribi贸 la ponencia que fue radicada en la Comisi贸n Primera de Senado, llam贸 la atenci贸n sobre ocho puntos estructurales que, desde su posici贸n, no contribuyen al restablecimiento de los derechos de las victimas.
A saber:
1. Consideramos que la vigencia de la aplicaci贸n de la ley debe hacerse a partir de 1980 para todos los efectos.
2. Concepto de v铆ctima: lo contenido en la ponencia excluye y contrar铆a las disposiciones del Derecho Internacional Humanitario (DIH).
3. Proceso administrativo: no contempla un procedimiento administrativo que contribuya a la restituci贸n de tierras despojadas o abandonadas forzosamente de manera pronta y efectiva frente al reconocimiento de los derechos de las v铆ctimas.
4. Restituci贸n de bienes y patrimonio: adem谩s de la restituci贸n de la tierra, se deben restituir otros bienes como vivienda, muebles y semovientes, que permitan la rehabilitaci贸n socio econ贸mica de las v铆ctimas en condiciones de dignidad y permanencia.
5. Distinci贸n entre reparaci贸n y medidas de asistencia humanitaria: atendiendo la jurisprudencia y el ordenamiento internacional en esta materia, existen profundas diferencias entre atenci贸n, ayuda humanitaria, servicios sociales y medidas de reparaci贸n, desatendidas en la ponencia.
6. Derecho de superficie: se establece m谩s como una figura de legitimizaci贸n de despojo, de contrareforma agraria, que como un derecho de los despojados de retornar a sus actividades productivas cotidianas.
7. Bienes de utilidad p煤blica e inter茅s social: estos preceptos no son definidos en el texto de la ponencia, pero comportan, seg煤n el texto, imposibilidad material de restituci贸n y por lo tanto pueden ser interpretados y aplicados de manera tal que vulneren los derechos de las victimas.
8. No repetici贸n y neoparamilitarismo: no son claras las disposiciones en el pliego de modificaciones, tendientes a desarticular las estructuras sociales, pol铆ticas y econ贸micas del paramilitarismo. Adem谩s, que advierten que no son sujetos de reconocimiento las v铆ctimas de delincuencia com煤n, en v铆a de ejemplo las Bacrim (bandas criminales), que hoy se constituyen en el principal factor de actos criminales que conduce a la revictimizaci贸n .
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